El pasado lunes, día 26, mantuvimos una reunión en el Parlamento de Andalucía con el Grupo parlamentario VOX. Concretamente con Ana María Ruiz y el portavoz, Manuel Gavira.

El tema fue monográfico sobre Atención Temprana.

Se hizo un recorrido sobre las etapas anteriores, desde 2015. Decreto 85/2016 y anteproyecto de Ley aprobado el 29 de julio de 2022 por el Consejo de Gobierno y que ahora comenzará su andadura parlamentaria.

El grupo parlamentario está estudiando el texto para proponer las enmiendas de mejora para su debate parlamentario. Lógicamente, pidieron nuestra opinión, les transmitimos nuestro deseo de que la Ley saliese adelante por unanimidad, la participación en su redacción ha sido muy amplia, han dado su parecer los agentes sociales, colegios profesionales y un largo etcétera.

Entendemos que aunque es una Ley que presenta el Gobierno, es la ley de todos los andaluces.

Hay que legislar para los nacidos y los que tienen que nacer. La ley es moderna e innovadora, recoge el derecho a una segunda opinión, libertad de elección de CAIT, fomento de la investigación, protocolos claros de derivación y seguimiento por la unidades de neurodesarrollo.

Echan de menos, al igual que nosotros y el dictamen del Consejo Económico y Social la atención en el primer ciclo de educación, de 0 a 3 años, fundamental en la detección de primeros síntomas de alerta y deben ir de la mano familia y escuelas infantiles. Así mismo y en el mismo sentido del Consejo Económico y Social y algo que venimos pidiendo desde el nacimiento de la Plataforma de Atención Temprana es que la atención no finalice al cumplir los 6 años la niña o el niño sino a la finalización del curso escolar.

Algo que les preocupa mucho, al igual que a nosotros, pero entendemos puede tratarse de un error es que en la parte Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Dice el texto

Quedan derogados, y no se explica la causa, la figura de los conciertos sociales para la prestación del servicio de Atención Temprana, al suprimirse el apartado 2 del artículo 22 del Decreto 85/2016, de 26 de abril: “La Consejería competente en materia de Salud podrá organizar la prestación del servicio de Atención Infantil Temprana a través de conciertos sociales, como modalidades diferenciadas de las recogidas en la normativa de contratación del Sector Público”.

En todo caso, si la persona legisladora pretende llevar a cabo esta supresión del modelo de concierto social, sería necesario articular el procedimiento transitorio que responda a la situación sobrevenida.

Dice expresamente en la Disposición derogatoria única:

En particular, del Decreto 85/2016, de 26 de abril, quedan derogados:


m) El apartado 2 del artículo 22.


Decreto 85/2016, de 26 de abril
Sección 4.ªcláusulas sociales y concierto social

Artículo 22. Cláusulas sociales y concierto social.

  1. La consejería competente ….

2. La consejería competente en materia de salud podrá organizar la prestación del servicio de Atención Infantil temprana a través de conciertos sociales, como modalidades diferenciadas de las recogidas en la normativa de contratación del sector público.

Queremos reunirnos con CERMI y otros agentes sociales para ir de la mano en las enmiendas al anteproyecto de Ley de Atención Temprana.

El portavoz, Manuel Gavira, que conoce el CAIT de Polígono Sur nos preguntó el motivo de que aún no se estuvieran atendiendo a las niñas y niños del barrio, Le dijimos que tenemos asignado un lote desde el 22 de julio y que estamos pendientes de que se nos requiera la documentación previa a la contratación por parte de la Consejería. Por lo tanto, las niñas y niños siguen sin ser atendidos y se está perdiendo un tiempo irrecuperable en su intervención en Atención Temprana.

Ana María Ruiz quiere encajar un hueco en su agenda para girar una visita al CAIT que con una gran inversión permanence a la espera de poder atender a las niñas y niños de Polígono Sur, donde hay casi 800 niños en Séneca y muchos de ellos en lista de espera para Atención Temprana.

Antonio Guerrero. Presidente de la Fundación